Hoy sábado 11 de abril se ha publicado en el Boletín Oficial que podrán desarrollar sus actividades “los talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas”.
La disposición establecería que en todos los casos “se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria a fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios, adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto. Los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el MINISTERIO DE SALUD para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores”. Además, indica que “las personas alcanzadas por esta Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19”.
Asimismo, deberán chequearse las limitaciones específicas de cada provincia y municipio.
Boletín Oficial https://www.boletinoficial.gob.ar/web/utils/pdfView?file=%2Fpdf%2Faviso%2Fprimera%2F227686%2F20200411